Usuarios deberán fijar límites en transferencias electrónicas
Cancún, 24 de septiembre (InZoom.Mx).- La disposición de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) sobre límites en transferencias electrónicas generó dudas entre los usuarios, aunque especialistas aclaran que no se trata de una restricción inmediata, sino de un mecanismo de seguridad que cada cliente podrá ajustar.
Marcos Gutiérrez, experto en defensa tributaria, explicó que la circular emitida desde 2024 busca que cada cuentahabiente fije montos máximos y mínimos de operación para reducir riesgos ante fraudes y accesos no autorizados.
Actualmente, las transferencias electrónicas representan cerca del 17% del Producto Interno Bruto, lo que ha impulsado la necesidad de reforzar medidas de control.
Cómo aplicará
A partir del 1 de octubre de 2025, todas las instituciones bancarias deberán habilitar en sus portales y aplicaciones la opción para que el usuario actualice sus límites de transferencia, tanto para envíos como para recepción.
En caso de no hacerlo, a partir del 1 de enero de 2026 se establecerá de manera automática un tope por transacción de 12,500 pesos, el cual podrá modificarse posteriormente desde la banca en línea o en sucursal.
No está ligado al SAT
En entrevista con Radio Fórmula, Gutiérrez aclaró que esta disposición no tiene relación con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ya que el organismo fiscal ya cuenta con facultades para acceder a estados de cuenta cuando lo requiere.
“No es un mecanismo de fiscalización, sino de seguridad bancaria”, puntualizó.
El especialista detalló que los límites dependen del tipo de cuenta. En el caso de nómina, por ejemplo, normalmente se establecen montos superiores desde la apertura para evitar problemas en pagos recurrentes o extraordinarios como aguinaldos.
En cuentas empresariales, los bancos aplican protocolos adicionales para prevenir movimientos atípicos o posibles operaciones de lavado de dinero, lo que puede derivar en la retención temporal de recursos hasta confirmar su origen.
La regulación aplica directamente a los bancos supervisados por la CNBV. Sin embargo, las fintech y plataformas como MercadoPago o Nu, que operan bajo un esquema distinto, podrían no aplicar los mismos topes, aunque carecen de la misma cobertura de protección al ahorro.
El especialista sugirió que los usuarios realicen la actualización desde un entorno seguro, preferiblemente desde casa y con conexión estable.
Recordó que el trámite es gratuito y que no deben aceptar servicios adicionales obligatorios como seguros, ya que los bancos están obligados a habilitar la opción sin costo.
“Lo ideal es que cada usuario fije su propio límite, según sus necesidades, para evitar que el banco lo restrinja de manera automática el próximo año”, concluyó Gutiérrez.
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