Revés del Teqroo al Ieqroo: anula el acuerdo sobre candidatos indígenas

Chetumal, 12 de marzo (Infoqroo).- En sesión pública urgente, el pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo resolvió sendos Recursos de Apelación que interpusieron los partidos políticos Morena y Acción Nacional, según los expedientes RAP/024/2019 y RAP/025/2019, respectivamente.
Los partidos políticos impugnaron el acuerdo Ieqroo/CG/A-070/19, mediante el cual el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo modificó los criterios para el registro de candidatos a diputados en el Proceso Electoral Local Ordinario 2018-2019.
Al respecto, la magistrada presidenta del TEQROO, Nora Cerón González, ponente en el asunto, propuso declarar infundados los agravios vertidos por el partido político Morena, ya que a su consideración el citado acuerdo se encontraba debidamente fundado y motivado.
El partido político Morena, en el RAP/024/2019, pretendía la revocación del acuerdo, por considerar que la autoridad responsable no fundó y motivó lo concerniente a lo establecido en el Artículo 95 numeral 5 de la Ley de Partidos Políticos, donde se establece que si un partido nacional pierde su registro por no haber alcanzado el porcentaje mínimo de votación en el último proceso electoral ordinario federal, podrá optar por el registro como partido político local.
No obstante lo anterior, consideró fundados los agravios presentados por el Partido Acción Nacional, dado que el acuerdo emitido por la autoridad responsable no previó considerar la forma en que las coaliciones totales, parciales y candidaturas comunes puedan postular candidatos juveniles e indígenas.
Se fijó un término de 12 horas, contadas a partir de la notificación de la resolución, para que el Consejo General del Ieqroo modifique el acuerdo impugnado.
Es por eso que las magistradas y el magistrado del pleno, por unanimidad de votos, dispusieron la revocación del acuerdo del Ieqroo que establecía la obligatoriedad de los partidos para incluir en sus listas al menos a un candidato joven y a otro que represente a los indígenas.
El PAN señaló en su momento que ese acuerdo se notificó a destiempo, una vez que los partidos habían concluido el proceso de selección de candidatos, además de que no se fijaron criterios para la designación de los abanderados, en particular de los del sector indígena, pues no especificó si eso se define por el lugar de origen o en donde habita, por apellidos u otra característica.
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