Chetumal, 4 Diciembre (Infoqroo).– El Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) aprobó por mayoría en sesión extraordinaria con carácter de urgente, la procedencia de solicitud de las consultas populares presentadas por ciudadanos de los municipios de Benito Juárez, Isla Mujeres, Puerto Morelos y Solidaridad.
En un comunicado, la institución dio a conocer que dada su trascendencia, el tema exige la verificación de que quienes suscriban la petición estén en la lista nominal de electores y que la suma corresponda en un número equivalente al establecido.
El procedimiento, señaló, está sujeto a la colaboración y apoyo con el Instituto Nacional Electoral, autoridad rectora respecto de la lista nominal de electores, aunado a que establece su realización en un momento posterior a la rendición del presente informe.
Por ello, hasta en tanto no se desahogue el procedimiento de verificación respectivo, el instituto estará en posibilidad jurídica y material de pronunciarse respecto de la verificación del citado requisito.
Recordó que ciudadanos de los referidos municipios solicitaron el 23 de noviembre pasado realizar una consulta popular, consistente en la pregunta:
¿Está usted de acuerdo en que la empresa Aguakán continúe prestando el servicio concesionado de agua potable, alcantarillado y saneamiento?
En ese sentido, los informes rendidos al Consejo General del Ieqroo exigen la verificación de que, quienes suscriban la petición estén en la lista nominal de electores y que la suma corresponda en un número equivalente al tres por ciento de la lista nominal del municipio que se trate.
Ese procedimiento está sujeto a la colaboración y apoyo del tema con el Instituto Nacional Electoral, autoridad rectora.
Es decir, que hasta que el procedimiento de verificación respectivo no sea desahogado, habrá posibilidad jurídica y material de pronunciarse respecto de la verificación del citado requisito.
Derivado de ello, estimó necesario instruir a la Consejería Presidencial de este órgano máximo de dirección, para que por su conducto sean realizadas las gestiones necesarias ante el Instituto Nacional Electoral y demás autoridades competentes que en su caso resulten, a fin de que este órgano electoral esté en aptitud de cumplir las acciones señaladas en el procedimiento establecido al efecto en la Ley de Participación.
En ese sentido, la Consejera Presidenta del Instituto Electoral, Mayra San Román Carrillo Medina y el Consejero Adrián Amilcar Sauri Manzanilla, se pronunciaron en contra de dichos informes y acuerdos y emitirán voto en particular.
Por su parte, Carrillo Medina señaló que la relación directa que debe existir entre la causa que motiva la petición de la consulta y el efecto que busca obtenerse con ella no fue acreditada.
Esto es así ya que claramente, la causa de pedir está basada en su manifiesta inconformidad por el servicio de agua potable y alcantarillado que les brinda una empresa privada, a la que ha sido concesionado dicho servicio por el Gobierno del Estado.
Ello, siendo su pretensión que dicha concesión sea revocada; efecto que no es posible obtener a través de un ejercicio de participación ciudadana como lo es la consulta popular, en razón de resultar incompatible con el espíritu y naturaleza de esta última, por lo que emitió un voto razonado.
En ese sentido, el Consejero Adrián Amilcar Sauri Manzanilla votó en contra de dichos acuerdos, por considerar que la solicitud de consulta popular planteada por los ciudadanos inconformes, tiene su razón en temas de índole fiscal y de egresos.
Se trata, explicó, de una prestación de servicios que el Gobierno del Estado de Quintana Roo entregó mediante concesión a la iniciativa privada, y por ese servicio que otorga el estado recibe una retribución económica.
Por tal motivo, expresó la imposibilidad de llevar a cabo una consulta popular, además de que el informe presentado careció del análisis pertinente relativo a esta causal.





