Clausura PROFEPA predio en la Reserva de la Biósfera de Sian Ka´an
Tulum, 17 de septiembre, (Infoqroo).- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), ordenó la clausura de un predio en el interior de la Reserva de la Biósfera de Sain Ka´an donde se detectó la afectación de una superficie de 4,760 metros cuadrados, remoción de Palma chit (Thrinax radiata) y 13 ejemplares de manglar botoncillo (Conocarpus erectus), especies listadas en la NOM-059-SEMARNAT-2010.
En un comunicado, la delegación local de la dependencia federal dio a conocer que en respuesta a una denuncia popular, inspeccionó un predio rústico ubicado al interior del Área Natural Protegida ‘‘Reserva de la Biósfera Sian Ka’an’’, en el municipio de Tulum, Quintana Roo, por actividades de desmonte y remoción de vegetación de duna costera y humedal costero inundable con presencia de manglar.
Refirió que p ersonal de la Delegación Federal de la PROFEPA en la entidad constató afectación por cambio de uso de suelo en terrenos forestales en una superficie de 4,760 metros cuadrados, donde se pretende plantar palmas de coco.
Además, observó la afectación de 365 ejemplares de Palma chit (Thrinax radiata) así como de 13 ejemplares de manglar botoncillo (Conocarpus erectus), especies vegetales que se encuentran protegidas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010.
De acuerdo con el reporte, el inspeccionado no exhibió la autorización para el cambio de uso de suelo en terrenos forestales, expedida por la SEMARNAT, por lo que con el fin de evitar que se continuaran ocasionando afectaciones al ambiente, se dictó como medida de seguridad con fundamento en el Artículo 161, fracción II, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), la clausura total temporal de las obras y actividades realizadas.
La PROFEPA reiteró que las actividades de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, sin la autorización de la SEMARNAT, contravienen lo dispuesto en el Artículo 117 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS).
Asimismo, de acuerdo con el Artículo 163, fracciones I y VII, de la misma Ley, constituye una infracción el cambiar la utilización de los terrenos forestales, sin contar con la autorización correspondiente, que amerita según el Artículo 165, fracción II, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, una multa por el equivalente de 100 a 20,000 veces la Unidad de Medida y Actualización.
En el comunicado, se precisa que con este tipo de acciones, “PROFEPA refrenda su compromiso en la defensa y preservación” de las Áreas Naturales Protegidas que albergan un valioso patrimonio natural, como lo es la Reserva de la Biosfera de Sian Ka’an.





