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Declara el Teqroo inexistentes conductas denunciadas contra precandidato del PVEM

en la sección CHETUMAL, Política
29 abril, 2024
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Declara el Teqroo inexistentes conductas denunciadas contra precandidato del PVEM
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Declara el Teqroo inexistentes conductas denunciadas contra precandidato del PVEM

 

Chetumal, 29 de abril (Infoqroo).— El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) declaró por unanimidad inexistentes las conductas denunciadas por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) contra José Luis Chacón Méndez, entonces precandidato a la presidencia municipal de Cozumel.

El partido presentó el Procedimiento Especial Sancionador PES/034/2024, contra Chacón Méndez por la supuesta comisión de la infracción de calumnia, derivada de publicaciones realizadas en redes sociales y a la Coalición “Sigamos Haciendo Historia en Quintana Roo” por culpa in vigilando. En este caso, el caudal probatorio ofrecido por la parte actora resultó insuficiente para acreditar la existencia de los hechos que denunció relacionados con la supuesta realización de un video que contienen expresiones que constituyen calumnia.

También declaró inexistente la conducta denunciada contra Renán Eduardo Sánchez Tajonar, en su calidad de aspirante a la candidatura a la Diputación local por el Distrito 11, por la coalición “Sigamos Haciendo Historia en Quintana Roo”, por la supuesta realización de actos anticipados de campaña, consistente en la asistencia a un acto de campaña de Juan Carrillo Soberanis, Diputado Federal por el Distrito 1, portando una playera que hace alusión a su nombre y que tiene el logotipo del Partido Verde y la leyenda: “El futuro de la 4T es VERDE”.

 

Procedimiento Especial Sancionador

 

En este caso, se trata del Procedimiento Especial Sancionador PES/033/2024, que presentó el PRI, pero contrario a lo alegado por éste, del contenido del referido mensaje plasmado en la playera del denunciado no se advierten expresiones que de forma explícita, objetiva, manifiesta, abierta y sin ambigüedad realicen llamados expresos al voto a su favor o del PVEM; tampoco se solicitó algún tipo de apoyo a favor de su persona o del partido que conforma la coalición que lo postula o que se publicite una plataforma electoral.

Por otro lado, el Pleno ordenó reenviar a la autoridad instructora el Procedimiento Especial Sancionador PES/035/2024, para que realice las diligencias necesarias para garantizar la debita integración del expediente y que el Tribunal esté en condiciones de emitir una resolución conforme a Derecho. El recurso lo presentó una servidora pública municipal contra el medio de comunicación Sol Quintana Roo, por supuestos actos de violencia política contra la mujer por razones de género (VPG).

El Pleno declaró inexistentes las conductas denunciadas contra el mismo medio de comunicación -Sol Quintana Roo- mediante el Procedimiento Especial Sancionador PES/036/2024, promovido por una servidora pública municipal, por hechos probablemente constitutivos de VPG, derivado de supuestas publicaciones en donde se realizaron expresiones contra la denunciante.

 

Derecho humano a la libertad de expresión

 

La autoridad determinó por unanimidad que los adjetivos expresados en la nota publicada se hicieron en el ejercicio del derecho humano a la libertad de expresión y no implican una condición de género, pues pueden utilizarse en hombres o mujeres por igual, por lo que no se tuvieron por acreditados elementos de género en perjuicio de la denunciante.

Respecto al Recurso de Apelación RAP/090/2024 promovido por el PRD contra la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo, con el fin de controvertir el acuerdo que determinó la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas en el expediente PES 113, el Pleno revocó por unanimidad el acuerdo impugnado.

En el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense JDC/033/2024, presentado por Luis Ernesto Mis Balam contra del acuerdo 110 del Consejo General del Ieqroo, mediante el cual resuelve la solicitud de registro de la planilla de candidaturas a miembros del Ayuntamiento de Felipe Carrillo Puerto presentada por la Coalición Parcial “Sigamos Haciendo Historia en Quintana Roo”, en el contexto del Proceso Electoral Local 2024, por unanimidad declaró infundados los motivos de agravio y confirmó el acuerdo impugnado.

 

Visita nuestro sitio de fotografía Infoqroo.com.mx

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Tags: diputación localprecandidato del PVEMRenán Eduardo Sánchez Tajonar
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